Registro de conducir: Nuevo régimen de scoring en la Ciudad, quita de puntos ya no será automática por pago voluntario
La Legislatura porteña aprobó una reforma al Sistema de Evaluación Permanente de Conductores —conocido como scoring— que introduce cambios sustanciales en la forma en que se descuentan y recuperan los puntos, en los plazos de caducidad y en los períodos de inhabilitación. La modificación busca desligar la cancelación económica de una multa de la sanción personal que recae sobre la licencia de conducir.
Hasta ahora, el pago voluntario de una infracción no solo implicaba abonar la multa, sino que también activaba de inmediato la pérdida de puntos. Esto generaba una situación paradójica: un conductor podía pagar una falta para regularizar su situación y, por ejemplo, poder renovar su licencia, pero ese mismo pago podía desencadenar una quita automática de puntos y, eventualmente, una inhabilitación que le impedía concretar el trámite que buscaba. Con la reforma, el descuento de puntaje ya no se producirá por el simple pago voluntario: será necesario que exista una resolución sancionatoria firme de la autoridad administrativa o, en su caso, una sentencia judicial firme. El sistema de scoring no se elimina ni se dejan sin efecto las sanciones; lo que cambia es el momento a partir del cual puede hacerse efectiva la pérdida de puntos. El conductor podrá pagar la multa para acceder al beneficio económico sin que ese acto implique automáticamente perder puntaje.
La reforma también incorpora la posibilidad de recuperar los puntos perdidos mediante cursos de educación vial. Quienes cometan infracciones que resten 2, 4 o 5 puntos podrán recuperar la totalidad de esos puntos aprobando las capacitaciones previstas, con límites anuales: hasta tres veces para faltas de 2 puntos, dos veces para las de 4 puntos y una vez para las de 5 puntos. Las infracciones más graves, que descuentan 10 o 20 puntos, quedan excluidas de este mecanismo.
En cuanto a la caducidad del puntaje perdido, se reducen los plazos: para las infracciones de 2, 4 y 5 puntos, el plazo será de 18 meses, siempre que el conductor no haya agotado la totalidad de su puntaje y no registre deudas exigibles por infracciones. Para las faltas que descuentan 10 o 20 puntos, el plazo será de 36 meses. Se mantiene la escala gradual de descuentos según la gravedad: quitas de 2, 4, 5, 10 y hasta 20 puntos.
Entre las conductas que pueden generar pérdida de puntaje figuran el incumplimiento de indicaciones de la autoridad de tránsito, conducir con licencia vencida, no usar cinturón de seguridad, utilizar el teléfono celular al volante, atravesar un semáforo en rojo, circular en sentido contrario y superar las velocidades máximas permitidas. Las sanciones más severas quedan reservadas para casos de conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, conducción peligrosa, excesos significativos de velocidad y participación u organización de competencias de velocidad en la vía pública.
La reforma también modifica los períodos de inhabilitación cuando el conductor agota la totalidad de sus puntos. La primera inhabilitación se mantiene en 60 días, mientras que las posteriores pueden llegar hasta un plazo de 24 meses. Para volver a conducir será necesario cumplir el período de inhabilitación correspondiente y aprobar el curso de educación vial previsto.
La nueva regulación entrará en vigencia a los 60 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.





















